Requisitos

1: Requisitos generales

a) Ser español, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que en Virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de la aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la unión Europea siempre que no estén separados por derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo al que se opta.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de la Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes a que se refiere el punto a) de este apartado cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) No ser funcionario de carrera o en prácticas del mismo Cuerpo al que se pretende ingresar.

f) A demás de la titulación específica, hay que tener la FORMACIÓN PEDAGÓGICA Y DIDÁCTICA

1: PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica: Título oficial de Master en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas. Son equivalentes al título del master de educación el T.E.D. o el C.A.P. obtenidos antes del 01/10/2009.Así mismo también estarán exentos del título de máster o equivalente los maestros y los licenciados en pedagogía y en psicopedagogía que hubiesen obtenido estas titulaciones con anterioridad al 01/10/2009

2: PROFESORES TECNICOS DE F.P.

Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica: Título oficial de Máster en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas o Certificación oficial de la formación pedagógica y didáctica (*). Son equivalentes al título del máster de educación el T.E.D. o el C.A.P. obtenidos antes del 01/10/2009.Así mismo también estarán exentos del título de máster o equivalente los maestros y los licenciados en pedagogía y en psicopedagogía que hubiesen obtenido estas titulaciones con anterioridad al 01/10/2009.

Tendrán reconocido el requisito de formación pedagógica y didáctica a que se refiere la presente orden quienes acrediten que, con anterioridad al 1 de septiembre de 2014, han impartido docencia durante dos cursos académicos completos o dos ciclos de enseñanzas deportivas completos o, en su defecto, doce meses en períodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas correspondientes.

(*) Esta Certificación oficial de la formación pedagógica y didáctica que habilite para el ejercicio de la docencia es el equivalente al Máster del profesorado. Sólo podrán acceder a estos estudios aquellas personas que posean una titulación declarada equivalente a efectos de docencia y no puedan acceder a los estudios de Máster por no tener una titulación universitaria. Se exigirá a partir del 1 de septiembre de 2015.

Nota: La orden ECD/1058/2013 prorroga a septiembre de 2015 la obligatoriedad de la formación pedagógica para aquellas personas que por su titulación no puedan cursar el máster.

3: PROFESORES ESCUELAS OFICIAL DE IDIOMAS

Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica: Título oficial de Master en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas. Son equivalentes al título del master de educación el T.E.D. o el C.A.P. obtenidos antes del 01/10/2009.Así mismo también estarán exentos del título de máster o equivalente los maestros y los licenciados en pedagogía y en psicopedagogía que hubiesen obtenido estas titulaciones con anterioridad al 01/10/2009.

4: MAESTROS

No es necesario.

2. Requisitos Especificos

Ver aquí

Call Now Button