CASTILLA LA MANCHA
Resolución de 07/03/2018, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
El plazo de presentación de solicitudes será del 15 de marzo hasta el 3 de abril de 2018, ambos inclusive
PLAZAS CONVOCADAS
REQUISITOS ESPECÍFICOS (TITULACIÓN):
Para el ingreso en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria:
Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia (según dispone el artículo 13.2 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero).
Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refieren los artículos 94 y 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Cumplirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas.
Para el ingreso en el cuerpo de profesores técnicos de formación profesional:
Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia (según dispone el artículo 13.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero).
Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refieren los artículos 95 y 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
SOLICITUDES:
Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo podrán hacerlo por cualquiera de los siguientes métodos:
1º) Solicitud electrónica: a través del Portal de la Educación (www.educa.jccm.es), el aspirante podrá cumplimentar su solicitud de participación, registrarla electrónicamente, realizar el pago de la tasa por derechos de examen y confirmar los datos que la administración educativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ya posee y que le serán mostrados al aspirante a título informativo en la web, los cuales serán objeto de baremación en la fase de concurso del proceso selectivo.
2º) Solicitud cumplimentada por medios informáticos que es firmada y registrada de modo presencial: a través del Portal de la Educación (www.educa.jccm.es) se accederá a la solicitud. Esta modalidad de solicitud requiere que, una vez cumplimentada a través del ordenador, la solicitud sea impresa, firmada y presentada ante la administración.
En la solicitud, los aspirantes deberán consignar por orden de preferencia los centros y/o localidades y/o provincias de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha en que, de existir vacante de la especialidad de que se trate, desean ser destinados para la realización de la fase de prácticas, en el caso de superar el concurso-oposición. Como anexo VIII a la presente convocatoria se publica la relación de centros, localidades y provincias con los códigos correspondientes, a efectos de su consignación en la solicitud.
Si se utiliza la solicitud a cumplimentar por medios informáticos que se firma y registra presencialmente, una vez cumplimentada a través del ordenador se imprimirá y firmará, y se presentará en la dirección provincial de Educación, Cultura y Deportes de la provincia de gestión de cada especialidad.
Las direcciones de las direcciones provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes son las siguientes:
– Albacete: Avda. de la Estación 2, 02001 Albacete.
– Ciudad Real: Avda. Alarcos 21, 13071 Ciudad Real.
– Cuenca: Avda. República Argentina 16, 16002 Cuenca.
– Guadalajara: Calle Juan Bautista Topete 1, 19071 Guadalajara.
– Toledo: Avda. Europa 26, 45003 Toledo.
Asimismo, podrán presentarse en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.
PROVINCIA DE GESTIÓN DE ESPECIALIDAD Y DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS.
Dirección Provincial de Albacete:
– Filosofía.
– Lengua castellana y literatura.
– Física y química.
– Hostelería y turismo.
– Procesos de diagnósticos clínicos y productos ortoprotésicos.
– Procedimientos sanitarios y asistenciales.
– Procesos de gestión administrativa.
Dirección Provincial de Ciudad Real:
– Latín.
– Biología y geología.
– Formación y orientación laboral.
– Procesos sanitarios.
– Sistemas electrotécnicos y automáticos.
– Cocina y pastelería.
– Mantenimiento de vehículos.
Dirección Provincial de Cuenca:
– Orientación educativa.
– Economía.
– Intervención sociocomunitaria.
– Operaciones de producción agraria.
– Procesos comerciales.
Dirección Provincial de Guadalajara:
– Griego.
– Inglés.
– Asesoría y procesos de imagen personal.
– Instalaciones electrotécnicas
– Peluquería
Dirección Provincial de Toledo:
– Geografía e historia.
– Matemáticas.
– Organización y gestión comercial.
– Sistemas y aplicaciones informáticas
TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN.
Para poder participar en la presente convocatoria los aspirantes deberán abonar el importe correspondiente a la tasa por derechos de examen. La tasa por derechos de examen será de 41,62 euros.
Los aspirantes que utilicen la solicitud electrónica realizarán el pago de la tasa, dentro del plazo de presentación de solicitudes de participación, mediante tarjeta o adeudo en cuenta por vía telemática a través del modelo 046, mediante la plataforma de pago que estará disponible en la página del Portal de la Educación (www.educa.jccm.es), como paso previo al registro de la solicitud telemática.
A estos efectos, una vez cumplimentada la solicitud, el participante será redirigido a la pasarela de pago y, una vez efectuado éste, podrá proceder al registro telemático de su solicitud.
A los aspirantes que utilicen la solicitud electrónica y paguen la tasa por vía telemática, se les aplicará una bonificación del 10% sobre la cuantía de la tasa general, de modo que en este caso la tasa a pagar será de 37,46 euros.
Estarán exentos del pago de la tasa los solicitantes que tengan la condición legal de demandantes de empleo, excepción hecha de los de la modalidad de mejora de empleo, durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria del proceso selectivo.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación ante la administración en la forma prevista en la presente convocatoria.
LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
Dichas listas se expondrán, en todo caso, en las direcciones provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en la página web del Portal de la Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (www.educa.jccm.es). En las listas deberán constar los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad (o, en su caso, del documento de identidad correspondiente para los aspirantes de nacionalidad extranjera), de todos los aspirantes así como, en el supuesto de exclusión, la causa de la misma.
Contra las listas provisionales de admitidos y excluidos los aspirantes podrán reclamar en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, o subsanar en ese mismo plazo los defectos que hayan motivado la exclusión, si dichos defectos fueran subsanables.
TEMARIOS.
De conformidad con lo establecido en la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero (BOE de 7 de febrero), los temarios que han de regir en los procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades objeto de la presente convocatoria son los que, para cada especialidad, figuran en el anexo III de la Orden de 09/09/1993 (BOE de 21 de septiembre) y en el anexo I y II de la Orden de 01/02/1996 (BOE de 13 de febrero).
FASE DE OPOSICIÓN:
En la fase de oposición se tendrá en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia.
Los aspirantes de la especialidad de Idioma Extranjero: Inglés, deberán realizar todas las pruebas que integren la fase de oposición en este idioma.
Primera Prueba.
Esta prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:
Parte A: Prueba práctica.
Consistirá en una prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que se opte. La duración y características de esta prueba práctica se ajustarán a lo dispuesto en el anexo III de esta convocatoria. La calificación de la parte A de la primera prueba será de 0 a 10 puntos. Para su superación los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 2,5 puntos.
Parte B: Desarrollo de un tema.
Consistirá en el desarrollo por escrito, durante un tiempo de dos horas, de un tema elegido por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal en función del número de temas que integran el temario de la correspondiente especialidad, de modo que en aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre tres temas; en aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas; y en aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cinco temas.
Esta primera prueba se valorará de cero a diez puntos, siendo el resultado de sumar las calificaciones correspondientes a las dos partes de las que consta (A y B) ponderadas del siguiente modo:
Parte A: La calificación ponderada se calcula multiplicando por 0,5 la calificación obtenida en esta parte.
Parte B: La calificación ponderada se calcula multiplicando por 0,5 la calificación obtenida en esta parte.
Segunda Prueba.
Esta prueba tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, y consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica:
A) Presentación de una programación didáctica.
La programación didáctica será entregada por los aspirantes que superen la primera prueba de la fase de oposición al tribunal que les corresponda (al que están asignados como opositores), el mismo día en que sean citados para su defensa por dicho tribunal.
La programación didáctica será defendida oralmente ante el tribunal y hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, y en la que se especificarán los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo y podrá estar referida a la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria, al bachillerato o a los ciclos formativos de formación profesional.
Los currículos a los que se hace referencia en esta convocatoria serán los vigentes en Castilla-La Mancha para el curso 2017-2018.
La programación, que tendrá carácter personal, será elaborada individualmente por el aspirante y tendrá una extensión máxima de 60 folios (incluidos, en su caso, anexos y cualesquiera otros contenidos como índices, etc.), en tamaño “DIN-A4”, por una sola cara. Se empleará una letra del tipo “Arial” de 12 puntos sin comprimir, a espacio sencillo.
La programación incluirá una portada en la que se especificarán los datos de identificación del aspirante, el proceso selectivo y la especialidad. Dicha portada no estará incluida en la extensión máxima de 60 folios.
Las unidades que compongan la programación deberán ir debidamente numeradas en un índice y serán al menos 12. Los contenidos de la programación didáctica deberán organizarse en unidades didácticas, de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición.
En el caso de que el Tribunal detecte que la programación didáctica no cumple con el requisito de elaboración propia, la valoración que se le otorgará dentro de la segunda prueba de la fase de oposición será de 0 puntos.
En la especialidad de Inglés, la programación será redactada y defendida íntegramente en este idioma.
B) Preparación y exposición de una unidad didáctica.
La preparación y exposición oral ante el tribunal de una unidad didáctica, podrá estar relacionada con la programación didáctica presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.
En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.
El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica y podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo. La exposición de la unidad didáctica ante el tribunal tendrá carácter público, y para ella el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como un guión que no excederá de un folio y que se entregará al tribunal al término de aquélla.
En las especialidades propias de la Formación Profesional específica, la unidad didáctica podrá referirse a unidades de trabajo, debiendo relacionarse con las capacidades terminales asociadas a las correspondientes unidades de competencia propias del perfil profesional de que se trate.
En la especialidad de Orientación Educativa, los aspirantes podrán optar por desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de orientación educativa.
El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral de la programación didáctica y la exposición de la unidad didáctica. El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de treinta minutos, y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica.
Durante el desarrollo de la defensa y exposición, el tribunal podrá plantear al aspirante las cuestiones que estime oportunas en relación con el contenido de aquéllas.
FASE DE CONCURSO.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la valoración de méritos se realizará conforme al baremo que como anexo I.A) se acompaña a la presente convocatoria, teniendo presente que, según establece el propio artículo 23 mencionado, en todo caso el baremo de la convocatoria debe respetar las especificaciones básicas y estructura que se recogen en el anexo I del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
La calificación de la fase de concurso se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
FASE DE PRÁCTICAS.
Los aspirantes que resulten seleccionados, conforme a lo que dispone la base novena de esta convocatoria, deberán realizar un período de prácticas tuteladas que formará parte del proceso selectivo y que tendrá por objeto comprobar la aptitud para la docencia de los mismos.
Finalizada la fase de prácticas se evaluará a cada aspirante en términos de “apto” o “no apto”.