Andalucía

Orden de 31 de marzo de 2017, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.

Presentación de Instancias hasta el 02/05/2017

PLAZAS CONVOCADAS: CUERPO DE MAESTROS

ESPECIALIDADNÚMERO DE PLAZAS
Inglés625
Francés602
Música130
Pedagogía Terapéutica350
Audición y Lenguaje180
TOTAL1887

Del total de plazas que se ofertan se reservará un siete por ciento para el turno de personas con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al treinta y tres por ciento.

OBLIGACIÓN DE PARTICIPAR.

El personal integrante de las bolsas de trabajo docente del Cuerpo de Maestros de la Comunidad Autónoma de Andalucía a la fecha de entrada en vigor de la presente Orden vendrá obligado a participar en el presente procedimiento selectivo, siempre que hubiese sido convocada la especialidad a la que esté adscrito en la bolsa de trabajo, incluidas las de perfil bilingüe, y reúna los requisitos para ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 302/2010, de 1 de junio.

REQUISITOS TITULACIÓN:

Para la admisión en el presente procedimiento selectivo, además de reunir los demás requisitos generales, se debe estar en posesión de alguno de los siguientes títulos, o haber solicitado su expedición:

  1. Título de Maestro o título de Grado correspondiente.
  2. Título de Profesor de Educación General Básica.
  3. Título de Maestro de Enseñanza Primaria.

En el caso de que dichos títulos se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación por el Estado español.

SOLICITUDES:

Quienes deseen participar en este procedimiento selectivo deberán cumplimentar el formulario web asociado al Anexo I (solicitud de participación) y al Anexo III (solicitud de destinos), que facilitará esta Administración educativa a través del portal web de la Consejería de Educación (www.juntadeandalucia.es/educacion) de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en el mismo se incluyen.

Los citados Anexos se tendrán que presentar en los lugares y en el plazo establecido en la base 3.4. de la Convocatoria.

DOCUMENTACIÓN:

Personal aspirante de nacionalidad española:

  1. a) Una fotocopia del documento nacional de identidad en vigor, salvo que se preste el consentimiento expreso para la consulta de sus datos de identidad o se haya presentado la solicitud por el registro telemático.
  2. b) El ejemplar para la Administración del documento 046, salvo que acredite un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento.

DERECHOS DE EXAMEN:

Para poder participar en la presente convocatoria el personal aspirante deberá abonar el importe de 41,50€correspondiente a las tasas por derecho de examen. Están exentos del pago de dicha tasa quienes acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% o una incapacidad permanente en grado total en una profesión distinta a la docente. Quienes utilicen el medio telemático para la cumplimentación, firma, registro de la solicitud y pago por banca electrónica, tendrán derecho a una bonificación de 3€.

LISTA PROVISIONAL DEL PERSONAL ADMITIDO Y EXCLUIDO.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobada la lista provisional del personal admitido y excluido, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El personal participante dispondrá de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la exposición de la lista provisional del personal admitido y excluido, para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, así como para aportar la documentación omitida y, en su caso, corregir errores de sus datos personales.

COMIENZO DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO.

El procedimiento selectivo dará comienzo en la segunda quincena del mes de junio de 2017.

ACTO DE PRESENTACIÓN, ENTREGA DE MÉRITOS.

En el acto de presentación el personal participante en el presente procedimiento entregará los méritos alegados en la fase de concurso, conforme a lo establecido en el apartado 8.2.1. de la Convocatoria.

El acto de presentación, de asistencia obligatoria para todo el personal participante, tiene carácter personalísimo. No se admitirán acreditaciones ni poderes de representación. Las personas que no asistan decaerán en todos sus derechos y serán excluidas del procedimiento selectivo, así como quienes se presenten en un tribunal al que no estén adscritas.

En el citado acto los tribunales identificarán al personal aspirante, mediante la presentación del DNI o documento similar, impartirán las instrucciones precisas para el desarrollo de las fases de oposición y concurso, indicarán los plazos y lugares en que se desarrollará el procedimiento y cuantas cuestiones estimen oportunas.

ENTREGA DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA.

Para la realización de la parte A de la segunda prueba será necesaria la entrega a su tribunal de una programación didáctica. Esta entrega se podrá realizar en la sede del tribunal desde el momento de la publicación de las calificaciones de la primera prueba hasta las 19 horas y durante el siguiente día en horario de 9 a 19 horas. Los aspirantes que no entreguen en el plazo establecido la citada programación didáctica no podrán realizar la segunda prueba ni en consecuencia continuar el procedimiento.

SISTEMA DE SELECCIÓN.

Conforme a lo establecido en el Reglamento de ingreso, el sistema de selección para el ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición, y constará de una fase de oposición, otra de concurso y una fase de prácticas.

Los temarios vigentes para el presente procedimiento selectivo son los contenidos la Orden de 9 de septiembre de 1993, del Ministerio de Educación y Ciencia, en lo que se refiere exclusivamente a la parte A de los temarios.

FASE DE OPOSICIÓN.

En la fase de oposición se tendrá en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia. En las especialidades de Lengua Extranjera Inglés y Francés, la totalidad de las pruebas de esta fase se desarrollará en el idioma correspondiente. La fase de oposición constará de dos pruebas que tendrán carácter eliminatorio.

Primera prueba. La primera prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta, y constará de dos partes. Las dos partes de esta primera prueba tendrán una duración máxima de tres horas y treinta minutos, y se realizarán sin interrupción.

Parte A. Parte práctica. Consistirá en la realización por escrito de un ejercicio práctico que permita comprobar que el personal aspirante posee la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opta. Esta parte se valorará de 0 a 10 puntos. Las características de esta prueba práctica para cada especialidad son las recogidas en el Anexo VI de la Convocatoria.

Parte B. Desarrollo de un tema. Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar por el tribunal y se valorará de 0 a 10 puntos.

Finalizadas las dos partes de esta primera prueba, por resolución de cada tribunal se publicarán las calificaciones de la misma en los tablones de anuncios de la sede correspondiente, en los de la Delegación Territorial de la Consejería Educación en cuyo ámbito se ubique el tribunal y, a efectos meramente informativos, en el portal web de la citada Consejería.

Segunda prueba. La segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia del aspirante, constará de dos partes: presentación y defensa de una programación didáctica y preparación y exposición oral de una unidad didáctica. Cada una de las partes se calificará de 0 a 10 puntos.

La calificación de esta segunda prueba será de cero a diez puntos, siendo el resultado de sumar las calificaciones de las dos partes de que consta, ponderadas del siguiente modo:

Parte A. Presentación y defensa de la programación didáctica. Se calculará multiplicando por 0,3 la calificación obtenida.

Parte B. Preparación y exposición oral de una unidad didáctica ante el tribunal. Se calculará multiplicando por 0,7 la calificación obtenida.

Dicha ponderación sólo se realizará en el supuesto de que se hubieran obtenido como mínimo 2.5 puntos en cada una de las partes de que consta esta segunda prueba. Para la superación de esta segunda prueba el personal aspirante deberá alcanzar una puntuación global igual o superior a cinco puntos.

Parte A: Presentación y defensa de la programación didáctica.

La programación didáctica deberá haber sido elaborada personal e individualmente por cada aspirante, hará referencia al currículo vigente de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un área, relacionada con la especialidad por la que se participa, en la que deberá especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación, metodología y contribución a la adquisición de las competencias, así como a la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y bibliografía.

Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en los que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlos.

En las especialidades de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje, la programación hará referencia a un plan de apoyo anual referido a un grupo de alumnos escolarizados en un centro de Educación Infantil, Educación Primaria o en un Centro Específico de Educación Especial.

En las especialidades de Lengua Extranjera Inglés y Lengua Extranjera Francés se redactará en el idioma correspondiente.

La programación didáctica deberá entregarse al tribunal en el momento indicado y su defensa se llevará a cabo ante éste cuando se convoque a tal efecto al personal aspirante, mediante citación en su sede de actuación. La defensa de dicha programación tendrá una duración máxima de treinta minutos.

La programación didáctica tendrá inexcusablemente una extensión máxima, sin incluir anexos, portada y contraportada, de 50 folios, en formato DIN-A4, escritos a una sola cara, interlineado sencillo, y con letra tipo Times New Roman o similar, de 12 puntos, sin comprimir. Deberá contener un mínimo de 12 unidades didácticas desarrolladas, que deberán ir relacionadas y numeradas en un índice. La portada incluirá los datos de identificación del personal aspirante y la especialidad. En el caso de presentación de anexos, éstos en ningún caso contendrán el desarrollo de las unidades didácticas, sino información auxiliar de apoyo al desarrollo de las unidades didácticas presentadas (diagramas, mapas, figuras, fotos, cuadros, tablas, etc.).

Parte B. Preparación y exposición de una unidad didáctica.

El personal aspirante elegirá una unidad didáctica de entre tres extraídas por sorteo de su propia programación o del temario oficial de la especialidad, para la preparación y exposición oral ante el tribunal. El citado personal dispondrá de una hora para su preparación, pudiendo utilizar el material que considere oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior, por lo que no se podrá utilizar ordenadores portátiles, teléfonos móviles o cualquier otro dispositivo informático o electrónico.

En su elaboración deberán concretarse los objetivos, contenidos, actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula, los procedimientos de evaluación y la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

Para su exposición, el personal aspirante podrá utilizar el material auxiliar sin contenido curricular que considere oportuno, que deberá aportar el mismo, así como un guión que no excederá de una cara de un folio y que deberá entregar al tribunal al término de la exposición. El referido material auxiliar servirá para apoyar la exposición mediante la utilización de recursos didácticos no electrónicos ni susceptibles de reproducción electrónica. En todo caso, los órganos de selección velarán por que dicho material auxiliar no implique una desigualdad de trato en el desarrollo de esta parte del procedimiento selectivo.

La exposición de la unidad didáctica tendrá una duración máxima de 30 minutos. El tribunal valorará en esta prueba la exposición clara, ordenada y coherente de los conocimientos del personal aspirante, la precisión terminológica, la riqueza léxica, la sintaxis fluida y sin incorrecciones, así como la debida corrección ortográfica en la escritura.

Finalizadas las dos partes de la segunda prueba, por resolución de cada tribunal se publicarán las calificaciones de la misma.

FASE DE CONCURSO.

La baremación de los méritos correspondientes a la fase de concurso será atribuida a comisiones de baremación que realizarán, por delegación de los tribunales, las tareas materiales y puramente regladas de aplicación del baremo de méritos establecidos en el Anexo II, aportando a los mismos los resultados de su actuación. Solo se tendrán en cuenta los méritos perfeccionados hasta el día que finalice del plazo de presentación de solicitudes.

Listas del personal seleccionado.

Concluidas las fases de oposición y concurso, los tribunales remitirán las propuestas del personal que ha superado el concurso-oposición a las comisiones de selección que, a su vez, las elevarán a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos. Será seleccionado el personal al que, ordenado según la puntuación global asignada, le corresponda un número de orden igual o inferior al número de plazas asignadas a su tribunal. Para la obtención de la puntuación global, los órganos de selección ponderarán en dos tercios la puntuación obtenida en la fase de oposición y en un tercio la obtenida en la fase de concurso. En ningún caso podrá declararse que ha superado el procedimiento selectivo un número de aspirantes mayor que el de plazas convocadas.

FASE DE PRÁCTICAS.

La fase de prácticas tendrá como objetivo proporcionar al profesorado de nuevo ingreso las herramientas necesarias para el desarrollo de la función docente, así como las capacidades personales y la competencia profesional precisas para liderar la dinámica del aula que requiere el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.

La fase de prácticas tendrá una duración de un curso académico y comenzará con el inicio del curso 2017/2018.

Finalizada la fase de prácticas, se evaluará a cada aspirante como apto o no apto. Quienes no superen dicha fase durante el curso escolar 2017/2018, o tengan concedido aplazamiento de la misma, tendrán que incorporarse en el curso 2018/2019 para realizar la citada fase de prácticas. De resultar apto en este último curso escolar, ocupará el lugar siguiente al de la última persona seleccionada en su promoción. El personal que no se incorpore o sea declarado no apto en dicho curso perderá el derecho a su nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera.

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